El acoso laboral cobra una importancia cada vez mayor entre las causas juzgadas en los tribunales. Muchos trabajadores son sometidos a acoso en el trabajo, y a veces encontramos un perfil común entre las víctimas de mobbing.
El profesor Leymann de la Universidad de Estocolmo, pionero en la investigación del mobbing en Europa, estimaba ya en la década de los ochenta que un 3.5% de los trabajadores experimentaban acoso psicológico en su puesto de trabajo. Trabajos más recientes, como el desarrollado por Kelly Dann, editor de la revista Workforce, aporta el dato de que un 25% de los trabajadores experimentan a lo largo de su carrera profesional acoso psicológico laboral.
En España, en una encuesta de la Universidad de Alcalá de Henares sobre “Violencia en el entorno laboral”, un 5.5% de la población activa encuestada declaraba padecer algún tipo de problema psicológico que atribuyen al acoso laboral.
¿Existen características comunes en las víctimas de mobbing? Field, 1996; Leymann, 1996; Namie, 1999 ó Hirigoyen, 1999 encontraron algunos rasgos: son empáticos, afectivos, sensibles, dignos de confianza, deseosos por complacer, constructivos, organizadores, modestos, tolerantes y artísticos.
La víctima de mobbing pasa por unas etapas antes de comenzar a desarrollar su sintomatología, así la primera reacción es de alarma, la segunda de resistencia, y es cuando ya se han agotado los recursos personales cuando comienza la etapa de agotamiento, con la aparición y establecimiento de síntomas. Los efectos del mobbing son muy variados, pero entre ellos destacan los sentimientos de culpabilidad, vergüenza, pérdida de confianza, baja autoestima, alteraciones del sueño, hipervigilancia, cambios de personalidad, problemas interpersonales, fatiga crónica, ataques de pánico, ansiedad, estrés y depresión.
Lo descrito anteriormente suele ser el ciclo frecuente en los casos de mobbing, pero es fundamental destacar que el acoso laboral puede tener dos caras, dos vertientes en las que el psicólogo forense puede intervenir mediante el informe pericial o con el contrainforme: la persona realmente acosada, la víctima, y la falsa víctima que es verdugo en realidad. En el primero de los casos el psicólogo forense evaluará el conjunto de síntomas para emitir el diagnóstico, mientras en el segundo emitirá un exámen crítico de un informe presentado por otro perito.

