El debate político sobre la nueva tipificación de delitos contra la libertad sexual ha venido siendo intenso en los últimos años. Con fecha 6 de julio de 2021 conocíamos la noticia de la aprobación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, también conocida como Ley del «sólo sí es sí».
¿Qué cambios introduce la Ley?
Con esta nueva regulación, todos los delitos contra la libertad sexual serán tipificados como agresión sexual, desapareciendo así el concepto de abuso sexual.
Una de las claves principales, que ha sido ampliamente debatida, es que el consentimiento expreso será la clave fundamental, quedando redactado de la siguiente forma: «Solo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente, mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona», significando que la pasividad o el silencio no implican consentimiento.
Otro de los cambios fundamentales es la introducción de un nuevo tipo delictivo, el delito callejero, mediante la creación de la figura de «acoso ocasional».
Penas progresivas y hasta 15 años con agravantes, mayor protección a las víctimas, ampliación de las ayudas, mejora del acompañamiento y la sensibilización o la creación de «centros de atención en crisis». Se amplía igualmente la protección a menores con la creación de «casas de niños», y se endurece al código penal para perseguir el proxenetismo.
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