• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Barba León Psicología Forense

  • Inicio
  • Servicios Online
  • Servicios
    • Pericial Abuso Sexual
    • Pericial Acoso Laboral
    • Pericial Daño Moral
    • Pericial Custodia de Menores
    • Contraperitajes psicológicos
    • Pericial Violencia
    • Pericial Secuelas de Accidentes
    • Pericial Aptitudes Psicofísicas
    • Ver todos los servicios
  • Trayectoria
  • Sedes
  • Contacto

¿En qué casos se concede la custodia compartida?

17/01/2019

Una de las preguntas que con más frecuencia nos plantean los clientes en relación a procedimientos de familia, es cómo conseguir la custodia compartida de sus hijos menores.

¿Qué dice la legislación al respecto?

Ya en el año 2013, el Tribunal Superior de Justicia establecía que la custodia compartida, y no la exclusiva, debe ser prioritaria salvo causas que lo desaconsejen.  Por esta razón, si ambos progenitores y las circunstancias que rodean a la historia familiar son propicias, primará la custodia compartida sobre otras opciones.

¿Qué aspectos psicológicos se tienen en cuenta en la evaluación?

La evaluación psicológica se centrará en valorar la idoneidad de ambos progenitores para ejercer la paternidad, posible presencia de psicopatología o historial de consumo, implicación antes de la separación y durante la misma en la educación y cuidado de los menores así como en el seguimiento médico y educativo de los mismos, estilo educativo, relación y vínculo con los menores, relación entre los progenitores, tolerancia del vínculo de cada progenitor respecto a la relación del otro con  los menores, distancia de los domicilios o participación previa en otras soluciones jurídicas como la mediación o intervención familiar.

¿Qué sucede si en el pasado concurrían causas que desaconsejaban la custodia compartida?

Sucede en muchas ocasiones, que existía en alguno de los progenitores alguna causa en el pasado por la que se hubiera desaconsejado el régimen de custodia compartida, es el caso de personas que hayan residido en localidades distintas, que hayan tenido una adicción a sustancias o hayan pasado por un difícil momento emocional, que por circunstancias laborales residieran en otro país, etc.

La simple existencia de causas pasadas no tiene por qué determinar el presente de la evaluación, que se centrará en valorar si, en el momento en el que se lleve a cabo la misma, concurren esas causas que la desaconsejen o, por el contrario, se han extinguido. Una persona sometida a rehabilitación y  sin historia de consumo o trastorno desde hace años, con estabilidad en todas sus áreas y en la que se aprecie implicación e interés por le cuidado de los menores, puede optar igualmente a la custodia compartida.

En determinados procedimientos, será interesante completar la evaluación con un estudio social.

¿A qué casos se puede aplicar lo explicado?

Todo lo relatado anteriormente en relación a la custodia compartida, es aplicable tanto a progenitores biológicos como adoptantes y a todo tipo de familias.

Si necesitas asesoramiento en esta materia, no dudes en contactar con nosotros.

María José Barba León

Psicóloga Forense

Tlf. 951 880 745

Publicado en: Custodia Etiquetado como: custodia compartida

sidebar

sidebar-alt

Barba Leon Psicologia Forense

Contacta con nosotros

Llámanos 951 880 745

Email

Email

Nuestras Sedes

Psicología Forense en Málaga

Psicología Forense en Marbella

Psicología Forense en Almería

Secciones

Servicios

Trayectoria

Blog